Recompensas por Suministro de Información sobre Evasión y Contrabando: La Propuesta de Modificación del Artículo 37 de la Ley 863 de 2003
- Lexfender

- 12 oct 2024
- 4 Min. de lectura
En el cambiante mundo del derecho tributario en Colombia, mantenerse al día con las modificaciones y propuestas de leyes es esencial tanto para los profesionales del sector como para los ciudadanos en general. Un aspecto crucial del Proyecto de Ley de Financiamiento es la propuesta para modificar el artículo 37 de la Ley 863 de 2003, específicamente en lo que se refiere a las recompensas por suministro de información sobre evasión fiscal, abuso tributario y contrabando. Esta propuesta puede tener un impacto significativo en la lucha contra la evasión fiscal y el contrabando, al tiempo que ofrece incentivos claros para aquellos que decidan colaborar con las autoridades.

¿De qué trata la propuesta de modificación?
El artículo 29 del Proyecto de Ley de Financiamiento propone una modificación al artículo 37 de la Ley 863 de 2003, para regular las recompensas otorgadas a los ciudadanos que suministren información relacionada con la evasión tributaria, el abuso para efectos tributarios y el contrabando. Esta modificación no solo crea un interesante incentivo para denunciar estas prácticas ilícitas, sino que también establece condiciones y procedimientos para el reconocimiento y pago de estas recompensas.
Recompensas por denuncias de evasión tributaria
Una de las novedades más importantes de la propuesta es que el ciudadano que proporcione información sobre hechos irregulares, con pruebas concretas, que demuestren una omisión o una indebida determinación de impuestos, tendrá derecho a recibir una recompensa equivalente al 20% del mayor saldo a pagar que se liquide en la declaración corregida o presentada. Esta recompensa se entregará únicamente si la declaración ha sido pagada en su totalidad.
Además, se establece un umbral mínimo para que el denunciante pueda acceder a esta recompensa: el saldo a pagar en la declaración debe ser igual o superior a 5.000 UVT (Unidad de Valor Tributario). Esto significa que solo las denuncias que conlleven a una corrección significativa en la determinación de impuestos serán recompensadas.
Recompensas por información sobre contrabando
En el caso del contrabando, la propuesta contempla una recompensa del 10% del valor de la mercancía establecida en la resolución de decomiso, siempre que dicho valor sea igual o superior a 6.000 UVT. Esto incluye también el contrabando de hidrocarburos, un sector particularmente crítico para la economía del país. De este modo, se busca incentivar a los ciudadanos para que colaboren con las autoridades aduaneras en la lucha contra el contrabando, un problema que impacta negativamente la economía y el comercio legítimo.
Procedimientos y condiciones para el reconocimiento de las recompensas
El reconocimiento y el pago de las recompensas no serán automáticos. La DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) será la entidad encargada de definir las condiciones, requisitos, procedimientos, plazos y mecanismos necesarios para evaluar y aprobar estas recompensas. Además, se requerirá un trámite ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para asegurar que los recursos destinados a estas recompensas estén disponibles y correctamente gestionados.
Una característica importante de esta propuesta es que el pago de las recompensas se realizará solo después de que se haya ejecutado completamente el acto administrativo correspondiente y se haya realizado el pago total del saldo a pagar por parte del denunciado.
Sanciones para denuncias falsas
Para evitar abusos del sistema y las denuncias malintencionadas, el proyecto también introduce sanciones significativas para aquellos ciudadanos que presenten información falsa. Si la DIAN determina que la información proporcionada no corresponde a hechos reales, el denunciante enfrentará una multa administrativa de 1.000 UVT.
Esta medida, aunque luce fundamental para disuadir a quienes puedan intentar aprovecharse del sistema de recompensas con denuncias sin fundamento, también puede resultar en un desincentivo para quienes, sin conocer al detalle las normas sobre tributación, tengan intención de presentar denuncias sobre el particular.
Limitaciones para servidores públicos y sus allegados
El proyecto de ley establece restricciones claras respecto a quiénes pueden recibir estas recompensas. Los servidores públicos de la DIAN, así como sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, no podrán beneficiarse de estas recompensas. Esta prohibición también se extiende a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera y a cualquier persona que tenga una relación contractual con la DIAN, si dicha relación les permite acceder a información relevante para la obtención de recompensas.
Este punto es crucial para garantizar la integridad del sistema y evitar conflictos de interés o el uso indebido de información privilegiada.
Impacto de la modificación en la lucha contra la evasión y el contrabando
La modificación propuesta al artículo 37 de la Ley 863 de 2003 tiene el potencial de ser una herramienta poderosa en la lucha contra la evasión fiscal y el contrabando en Colombia. Al ofrecer recompensas significativas para quienes denuncien estas prácticas ilícitas, se fomenta una mayor participación ciudadana y colaboración con las autoridades fiscales y aduaneras. Además, las nuevas condiciones para el reconocimiento y pago de estas recompensas aseguran que solo se premiarán las denuncias que verdaderamente contribuyan a la recaudación efectiva de impuestos y la reducción del contrabando.
Es fundamental que los ciudadanos estén bien informados sobre estos cambios, ya que representan una oportunidad para contribuir al bienestar económico del país al mismo tiempo que se les ofrece una compensación justa por su colaboración.
El Proyecto de Ley de Financiamiento y la modificación del artículo 37 de la Ley 863 de 2003 evidencian el compromiso del Gobierno colombiano en fortalecer las medidas contra la evasión fiscal y el contrabando. Estas iniciativas no solo buscan mejorar la eficiencia en la recaudación de impuestos, sino también promover un entorno de mayor transparencia y legalidad en las actividades económicas del país.
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