Blockchain, comercio internacional, autoridades aduaneras y de frontera
- Felipe Avendaño Meneses

- 3 may 2023
- 5 Min. de lectura
2021
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En 2020, la Organización Mundial de Aduanas (OMA) publicó un estudio realizado por Yotaro Okazaki, con el objeto de identificar las ventajas que la tecnología blockchain podría representar para las aduanas del mundo. Según Okazaki, “Blockchain” refers to a type of data structure that identifies and tracks transactions digitally and shares this information across a distributed network of computers, thus creating a sort of distributed trust network” [1].
Una traducción nuestra, con riesgo de resultar imprecisa, sería la siguiente:
“"Blockchain" se refiere a un tipo de estructura de datos que identifica y rastrea transacciones digitalmente y comparte esta información a través de una red distribuida de computadoras, creando así una especie de red de confianza distribuida”.
En su resumen, el documento destacó la siguiente conclusión:
“A conclusion that has been reached after discussion is that Customs would be able to have a broader and clearer picture of international trade particularly in terms of the movement of cargoes and consignments as being tied with the flow of capital. With blockchain-based applications, therefore, Customs could become a full-fledged border regulator with greater capabilities in the future”[2].
Una traducción nuestra, con riesgo de resultar imprecisa, sería la siguiente:
“Una conclusión a la que se ha llegado después de la discusión es que la Aduana podría tener una imagen más amplia y clara del comercio internacional, particularmente en términos del movimiento de cargas y envíos vinculados con el flujo de capital. Por lo tanto, con las aplicaciones basadas en blockchain, la Aduana podría convertirse en un regulador fronterizo de pleno derecho con mayores capacidades en el futuro”.

Hay que tener en cuenta que el enfoque adoptado por la OMA, así como el enfoque adoptado a lo largo y ancho de todas las opiniones de las instituciones vigentes y tradicionales, cuenta de entrada con el vicio del prejuicio. La adopción de un cambio de paradigma tiene como reto al prejuicio. De ahí que valga la aclaración, porque la realidad es que la superestructura distribuida planteada por la OMA en el enfoque que se expone a continuación, es una de muchas posibilidades.
Dicho lo anterior, continuemos considerando, que el objetivo de la publicación de Okazaki, según su dicho, ha sido el siguiente: “The objective of this paper is thus to discuss ways in which Customs could leverage the power of blockchain and the extent to which the future of Customs could be shaped by the use of blockchain-based applications” [3].
Una traducción nuestra, con riesgo de resultar imprecisa, sería la siguiente:
“El objetivo de este documento es, por lo tanto, analizar las formas en que la Aduana podría aprovechar el poder de las cadenas de bloques y la medida en que el futuro de la Aduana podría verse afectado por el uso de aplicaciones basadas en las cadenas de bloques”.
En cuanto al tipo de cadena de bloques que sería de mayor utilidad para los intereses de las autoridades aduaneras, Okazaki señala que las redes públicas sin permiso, como Bitcoin, no serían el mejor diseño para los fines pretendidos[4]. En cambio, argumenta que, para las autoridades aduaneras, el mejor diseño sería aquél que disponga de una red permisionada (o privada), pues estas redes permiten crear perfiles y niveles de acceso, así como derechos de validación de las operaciones.
La OMA también señaló que el Subcomité de Manejo de la Información de la OMA (IMSC) ha explorado casos de uso en aduanas y otras autoridades fronterizas, dentro de los que destacó esquemas para gestionar Operadores Económicos Autorizados, Acuerdos de Reconocimiento Mutuo y Tratados de Libre Comercio[5].
En cuanto a lo que tiene que ver con aspectos de política pública y regulatorios, la OMA sugiere que los gobiernos promuevan marcos normativos que exploten las ventajas de la tecnología. Dentro de los aspectos que merecen especial atención de la OMA, se destacan los siguientes:
a) ¿Quién será finalmente responsable por la información que se gestione a través de los registros distribuidos?
b) ¿Cómo operará la soberanía de los estados y de las distintas jurisdicciones sobre la ejecución de los contratos inteligentes, considerando que en algunas jurisdicciones no hay legislación al respecto?
c) ¿Cómo será la dinámica entre contratos inteligentes y los poderes de cada jurisdicción frente a los deberes de los interesados en el suministro de información externa para la ejecución de contratos inteligentes?
d) Debe haber un esfuerzo de interoperabilidad que estandarice los esquemas de gobernanza y de semántica entre las distintas cadenas de bloques.
Héctor Juárez, que funge como Vocal (Juez) del Tribunal Fiscal de la Nación Argentina, desarrolló una metodología para edificar la arquitectura técnica y reglamentaria de las plataformas o de los entornos de bloques que se destinen para gestionar aspectos aduaneros. Él utiliza la Teoría General de Sistemas para analizar cada una de las operaciones de extremo a extremo. En palabras de Juárez “(…) Cada una de estas operaciones “end to end” constituirán subsistemas del sistema de comercio internacional de un país determinado, los que, a su vez, constituirán subsistemas del meta-sistema del comercio exterior mundial”[6].
El portal ERP[7], en el año 2020, explicó el modo como varios países de Mercosur implementaron el sistema BConnect[8], desarrollado por Sepro, mediante el cual se gestiona un registro distribuido de operaciones entre Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay, para garantizar la autenticidad y la seguridad en la gestión de datos aduaneros, para la gestión de información de los operadores OEA e, inclusive, de la gestión de las declaraciones aduaneras. Esta es una realidad latinoamericana. La idea fue ejecutada en el ecosistema de Hyperledger Fabric de la Fundación Linux. Es una red permisionada, en donde todos los participantes tienen un rol y unos mecanismos de acceso, lectura y escritura determinados, blindados con los más altos estándares de seguridad. Actualmente participan Argentina, Brasil, Bolivia, Paraguay y Uruguay.
[1] Yotaro Okazaki; World Customs Organization; “Unveiling the Potential of Blockchain for Customs”; WCO Research Paper No. 45; Junio 2018; Disponible en: http://www.wcoomd.org/-/media/wco/public/global/pdf/topics/research/research-paper-series/45_yotaro_okazaki_unveiling_the_potential_of_blockchain_for_customs.pdf?la=fi Página 3. [2] Yotaro Okazaki; World Customs Organization; “Unveiling the Potential of Blockchain for Customs”; WCO Research Paper No. 45; Junio 2018; Disponible en: http://www.wcoomd.org/-/media/wco/public/global/pdf/topics/research/research-paper-series/45_yotaro_okazaki_unveiling_the_potential_of_blockchain_for_customs.pdf?la=fi Página 2. [3] Yotaro Okazaki; World Customs Organization; “Unveiling the Potential of Blockchain for Customs”; WCO Research Paper No. 45; Junio 2018; Disponible en: http://www.wcoomd.org/-/media/wco/public/global/pdf/topics/research/research-paper-series/45_yotaro_okazaki_unveiling_the_potential_of_blockchain_for_customs.pdf?la=fi Página 2. [4] “(…) such an open and transparent network could lead to problems in handling confidential information and administering the whole network (e.g. changes in specification)”. Yotaro Okazaki; World Customs Organization; “Unveiling the Potential of Blockchain for Customs”; WCO Research Paper No. 45; Junio 2018; Disponible en: http://www.wcoomd.org/-/media/wco/public/global/pdf/topics/research/research-paper-series/45_yotaro_okazaki_unveiling_the_potential_of_blockchain_for_customs.pdf?la=fi Página 17. [5] “Future of Customs; Blockchain: policy and legal considerations, interoperability, standardization and governance model – Round table discussion”; Comité Técnico Permanente de la Organización Mundial de Aduanas (OMA); Bruselas, 19 de enero de 2018. Disponible en: http://www.wcoomd.org/-/media/wco/public/global/pdf/topics/facilitation/ressources/permanent-technical-committee/223-224/pc0542e1a.pdf?la=en. Página 3. [6] Juárez, Héctor H. “Trazabilidad de la cadena logística. Hacia una visión integral y sistémica de las operaciones aduaneras”. Jurisprudencia Argentina. Buenos Aires. 4 de marzo de 2020. Disponible en: https://www.researchgate.net/publication/339715631_TRAZABILIDAD_DE_LA_CADENA_LOGISTICA. Página 39. [7] Véase: https://latam.portalerp.com/las-aduanas-del-mercosur-estan-conectadas-por-blockchain [8] Véase: https://na.eventscloud.com/file_uploads/2b31617a7342fd0a0a7c8d87ba2730a6_FABIANVARISCOAFIP-bConnect-MERCOSURBlockchain.pdf





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